martes, 13 de mayo de 2025

Nuevo procedimiento para la prescripción excepcional de medicamentos veterinarios de otros Estados miembro de la Unión Europea

 

Sede de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

La Aemps informa sobre un nuevo procedimiento para la implementación de la prescripción excepcional de medicamentos veterinarios de otros Estados miembro de la Unión Europea.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) ha elaborado junto al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) un nuevo procedimiento para facilitar la implementación práctica del primer escalón de la prescripción excepcional o “prescripción en cascada” de medicamentos veterinarios de otros Estados miembro de la Unión Europea.

El objetivo que tiene el documento es establecer un procedimiento sencillo que permita disponer de los medicamentos veterinarios autorizados en otros Estados miembro, que serán aquellos que los profesionales de la veterinaria prescriban con más frecuencia en España.

Los distribuidores mayoristas adquirirán los medicamentos veterinarios autorizados en otros Estados miembros de la UE a través del titular de la autorización de comercialización o de mayoristas autorizados en el Estado miembro de origen.

Dichos medicamentos deberán llevar a cabo unos registros independientes de adquisición y distribución. Según explican desde la Aemps, sólo podrán distribuirse estos medicamentos tras la solicitud expresa de una oficina de farmacia o de un establecimiento minorista.

Si una vez puesto en marcha la gestión no es posible obtener el medicamento veterinario en otros Estados miembro, se podrá pasar al siguiente escalón de la cascada según el artículo correspondiente del reglamento (UE) 2019/6. Este salto en la cascada de prescripción por vacío terapéutico debe estar justificado por el veterinario prescriptor.

Accede al procedimiento AQUÍ

Ver noticia original con sus detalles en: Animal's Health

1 comentario:

  1. En España, la prescripción excepcional de medicamentos veterinarios autorizados en otros Estados miembros de la Unión Europea está regulada por el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, que establece las condiciones para la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios. Esta normativa permite que, en situaciones de vacío terapéutico—cuando no existen en España medicamentos autorizados para tratar una enfermedad específica en una especie animal determinada—, el veterinario pueda, bajo su responsabilidad y de forma excepcional, utilizar un medicamento autorizado en otro Estado miembro.

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